Auto Supremo AS/0213/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2012

Fecha: 28-Ago-2012

Como motivo del recurso, intitula "incongruencia", manifestando que el Tribunal de alzada, al dictar el

También, señala que debió analizarse la personalidad de la víctima, y si existió acceso carnal este fue con aceptación recíproca de los actores, significando que por la edad de la menor y existiendo aceptación se constituiría en estupro, hecho que no valoró el Tribunal de alzada.
Como motivo del recurso, intitula "incongruencia", manifestando que el Tribunal de alzada, al dictar el Auto de Vista impugnado, no supera los defectos absolutos que este mismo Tribunal advirtió mediante el Auto de Vista 33/2011 de 7 de septiembre, por ello considera que existe contradicción entre estos dos Autos