De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
I. ANCECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:
a) Sandra Villafuerte, Fiscal de Materia, por requerimiento cursante de fs. 4 a 6, presentó acusación contra Pedro Colque Lázaro, por la comisión del delito de Violación. A consecuencia de la mencionada acusación, previa audiencia conclusiva, en el Tribunal de Sentencia de Villazón del Distrito Judicial de Potosí, se desarrolló el juicio oral, instancia que pronunció Sentencia condenatoria que fue anulada mediante el Auto de Vista 33/2011 de 7 de septiembre (fs. 23 a 26), a consecuencia de ello se desarrolló nuevo juicio oral en el Juzgado de Sentencia de Tupiza del Distrito Judicial de Potosí, instancia que dictó la Sentencia 02/2012 de 25 de marzo (fs. 85 a 98 vta.), declarando al imputado, autor de la comisión del delito de Violación, previsto y sancionado por el art. 308 del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de quince años de presidio
De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:
a) Sandra Villafuerte, Fiscal de Materia, por requerimiento cursante de fs. 4 a 6, presentó acusación contra Pedro Colque Lázaro, por la comisión del delito de Violación. A consecuencia de la mencionada acusación, previa audiencia conclusiva, en el Tribunal de Sentencia de Villazón del Distrito Judicial de Potosí, se desarrolló el juicio oral, instancia que pronunció Sentencia condenatoria que fue anulada mediante el Auto de Vista 33/2011 de 7 de septiembre (fs. 23 a 26), a consecuencia de ello se desarrolló nuevo juicio oral en el Juzgado de Sentencia de Tupiza del Distrito Judicial de Potosí, instancia que dictó la Sentencia 02/2012 de 25 de marzo (fs. 85 a 98 vta.), declarando al imputado, autor de la comisión del delito de Violación, previsto y sancionado por el art. 308 del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de quince años de presidio
- El recurso de casación interpuesto por Jorge Azurduy Jiménez en representación de Pedro Colque Lázaro,
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la citada Sentencia, el imputado Pedro Colque Lázaro, por memorial cursante de fs
- c) Notificado con el Auto de Vista, el imputado interpuso el presente recurso de casación,
- Del examen de los recursos de casación, se extrae como motivos los siguientes
- Señala que el Fiscal asignado al caso, le acusó en forma directa como autor del
- Denuncia errónea aplicación del parágrafo segundo del art
- Intitula como otro motivo del recurso la "falta de exhibición de pruebas materiales", para ello
- Como motivo del recurso, intitula "incongruencia", manifestando que el Tribunal de alzada, al dictar el
- Concluye solicitando, que este Tribunal Supremo, anule total o parcialmente la Sentencia 02/2012 y el
- El Título V del Libro Tercero del Código de Procedimiento Penal, al reconocer el recurso
- - La primera parte del art
- - La segunda parte de la norma citada, impone que: "En el recurso se señalará
- De las normas legales precitadas, se concluye que el recurso de casación condiciona su admisión
- En el caso de autos, el recurso de casación cumple con el primer requisito formal
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
