Que así expuestos los fundamentos en el recurso de casación en la forma se considera
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION:
Que así expuestos los fundamentos en el recurso de casación en la forma se considera lo siguiente:
Que, el art. 17 de la Ley del Órgano Judicial dispone sobre las nulidades de actos determinada por tribunales, tal como se indica en su parágrafo II "En grado de apelación, casación o nulidad los tribunales deberán pronunciarse sólo sobre aquellos aspectos solicitados en los recursos interpuestos.", del análisis de dicha disposición y conculcado los antecedentes del recurso de apelación cursante en obrados se evidencia que Luís Velásquez interpuso recurso de apelación de fs. 151 a 153 vlta., en donde no menciona mucho menos peticiona la nulidad dispuesta por el Tribunal de alzada, habiéndose incumplido lo normado por el mencionado artículo
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION:
Que así expuestos los fundamentos en el recurso de casación en la forma se considera lo siguiente:
Que, el art. 17 de la Ley del Órgano Judicial dispone sobre las nulidades de actos determinada por tribunales, tal como se indica en su parágrafo II "En grado de apelación, casación o nulidad los tribunales deberán pronunciarse sólo sobre aquellos aspectos solicitados en los recursos interpuestos.", del análisis de dicha disposición y conculcado los antecedentes del recurso de apelación cursante en obrados se evidencia que Luís Velásquez interpuso recurso de apelación de fs. 151 a 153 vlta., en donde no menciona mucho menos peticiona la nulidad dispuesta por el Tribunal de alzada, habiéndose incumplido lo normado por el mencionado artículo
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra dicha resolución, presenta su recurso de apelación Luís Velásquez Serrudo exponiendo los agravios sufridos
- El Tribunal de alzada al encontrar errores de interés público anula la demanda con reposición
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
- Indicó que aparentemente se defienden los intereses de la demandada pero de manera encubierta favorecen
- Por otro lado acusó el desconocimiento al Principio Dispositivo indicando que ninguna de las partes
- Continuó acusando que se ha violado el derecho al debido proceso tal como indica art
- También acusó la infracción de los arts
- De igual forma mencionó la infracción al Derecho Fundamental a la Tutela Judicial Efectiva respaldada
- Terminó peticionando que se Anule el Auto de Vista y Auto Complementario, disponiendo que se
- Que así expuestos los fundamentos en el recurso de casación en la forma se considera
- Por otro lado en relación al parágrafo III del mismo art
- No obstante de lo mencionado con respecto a las partes intervinientes en el proceso, al
- En consecuencia, el Tribunal Supremo, en estricta observancia al recurso de casación presentado por la
- Siendo excusable el error, no se impone multa alguna
- En virtud a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
