CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, el Juez del Trabajo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 270
Sucre, 02/08/2012
Expediente: 167/2012-S
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 40-41, interpuesto por Oscar Julio Terán Ayala en representación del Servicio Departamental de Caminos Pando (SEDCAM-PANDO), contra el Auto de Vista Nº 46 de fecha 10 de abril de 2012 (fs. 36-37), pronunciado por la Sala Civil, Social, Familia, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro el proceso social que sigue José Luís Virhuez Antezana contra la entidad recurrente, el Auto de concesión del recurso de fs. 43 vta., los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, el Juez del Trabajo y Seguridad Social, Niño, Niña, Adolescente de Cobija - Pando, emitió la Sentencia Nº 3 012 de fecha 3 de enero de 2012 (fs. 20-22), declarando probada en parte la demanda de fs. 5, e improbada la excepción perentoria de prescripción, sin costas, disponiendo que la parte demandada cancele al actor los conceptos de salarios devengados y subsidio de frontera en un monto de Bs. 6.840 (seis mil ochocientos cuarenta 00/100 Bolivianos), a cancelarse dentro del tercero día de ejecutoriada la Sentencia
Auto Supremo Nº 270
Sucre, 02/08/2012
Expediente: 167/2012-S
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 40-41, interpuesto por Oscar Julio Terán Ayala en representación del Servicio Departamental de Caminos Pando (SEDCAM-PANDO), contra el Auto de Vista Nº 46 de fecha 10 de abril de 2012 (fs. 36-37), pronunciado por la Sala Civil, Social, Familia, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro el proceso social que sigue José Luís Virhuez Antezana contra la entidad recurrente, el Auto de concesión del recurso de fs. 43 vta., los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, el Juez del Trabajo y Seguridad Social, Niño, Niña, Adolescente de Cobija - Pando, emitió la Sentencia Nº 3 012 de fecha 3 de enero de 2012 (fs. 20-22), declarando probada en parte la demanda de fs. 5, e improbada la excepción perentoria de prescripción, sin costas, disponiendo que la parte demandada cancele al actor los conceptos de salarios devengados y subsidio de frontera en un monto de Bs. 6.840 (seis mil ochocientos cuarenta 00/100 Bolivianos), a cancelarse dentro del tercero día de ejecutoriada la Sentencia
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, el Juez del Trabajo
- Interpuesto el recurso de apelación por la entidad demandada (fs
- Dicha Resolución motivó que la entidad demandada formule recurso de casación en el fondo (fs
- Finalmente solicitó se conceda su recurso ante el Tribunal Supremo de Justicia para que se
- CONSIDERANDO II: Que no obstante que el recurso planteado no cumple a cabalidad con los
- En la especie, de la revisión de los datos del proceso, se observa que la
- Al respecto y para un mejor entendimiento, se aclara que solo en el caso de
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
- Secretario de Cámara de Sala Social y Adm.
