Dicha Resolución motivó que la entidad demandada formule recurso de casación en el fondo (fs
Dicha Resolución motivó que la entidad demandada formule recurso de casación en el fondo (fs. 40-41) contra del Auto de Vista de fecha 10 de abril de 2012 (no señaló número, ni fojas), reclamando que la demanda impetrada por el ex trabajador José Luís Virhuez Antezana de fecha 1ro. de noviembre de 2011, resulta extemporánea por la consolidación de la prescripción prevista en el artículo 120 de la Ley General del Trabajo, que se encontraba en vigencia hasta antes del 7 de febrero de 2009, toda vez que conforme con el artículo 123 de la Constitución Política del Estado, la ley solo dispone para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo, excepto en materia laboral, cuando lo determine expresamente a favor de las trabajadoras y trabajadores, siendo que el actor abandonó su trabajo en la gestión 2008, y no aportó pruebas que demuestren que se interrumpió la prescripción, misma que se consolidó en la gestión 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, el Juez del Trabajo
- Interpuesto el recurso de apelación por la entidad demandada (fs
- Dicha Resolución motivó que la entidad demandada formule recurso de casación en el fondo (fs
- Finalmente solicitó se conceda su recurso ante el Tribunal Supremo de Justicia para que se
- CONSIDERANDO II: Que no obstante que el recurso planteado no cumple a cabalidad con los
- En la especie, de la revisión de los datos del proceso, se observa que la
- Al respecto y para un mejor entendimiento, se aclara que solo en el caso de
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
- Secretario de Cámara de Sala Social y Adm.
