POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el artículo 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 149-150, con costas
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
- De otra parte, cursa en obrados de fs
- Ahora bien, con relación del pago a cuenta de beneficios sociales, se evidencia que fue
- Que en ese marco legal se concluye que el Auto de Vista recurrido, se sujeta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Se regula el honorario profesional de abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Secretario de Cámara de Sala Social y Adm.
