Notificadas ambas partes con la mencionada Resolución, el imputado formuló recurso de apelación restringida que
Notificadas ambas partes con la mencionada Resolución, el imputado formuló recurso de apelación restringida que cursa de fs. 398 a 419; asimismo, Sergio Jordán Arroyo, en representación legal de AMAZONIC MAD S.R.L., interpuso recurso de apelación restringida conforme se establece de fs. 430 a 438 vta., siendo resueltos ambos recursos por Auto de Vista 06/2012 de 23 de enero, que declaró improcedentes ambos recursos, y en consecuencia confirmó la Sentencia apelada. Notificado José Alberto Ovando Arteaga, el 15 de febrero de 2012, según diligencia que cursa a fs. 461, interpuso el recurso de casación el 23 de febrero del mismo año (fs. 499 a 501), que es motivo de autos
- AMAZONIC MAD S.R.L
- Por memorial presentado el 13 de agosto de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Notificadas ambas partes con la mencionada Resolución, el imputado formuló recurso de apelación restringida que
- El recurso de casación interpuesto por el imputado, fue admitido y resuelto en el fondo
- Con ese antecedente, los "representantes del imputado", transcriben íntegramente el tenor del primer recurso de
- judicial conforme lo determinan los arts
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Así, de la revisión del recurso y las denuncias contenidas en el mismo, este Tribunal
- De lo expuesto, se concluye que los recurrentes en el memorial de recurso de casación,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
