Regístrese, hágase saber y cúmplase.
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso interpuesto por Freddy Josefat Alarcón y Fátima Aliaga Vera, abogados particulares del imputado José Alberto Ovando Arteaga; asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo del citado artículo, por Secretaría de Sala hágase conocer a las Salas Penales de los
Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso interpuesto por Freddy Josefat Alarcón y Fátima Aliaga Vera, abogados particulares del imputado José Alberto Ovando Arteaga; asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo del citado artículo, por Secretaría de Sala hágase conocer a las Salas Penales de los
Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo
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- AMAZONIC MAD S.R.L
- Por memorial presentado el 13 de agosto de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Notificadas ambas partes con la mencionada Resolución, el imputado formuló recurso de apelación restringida que
- El recurso de casación interpuesto por el imputado, fue admitido y resuelto en el fondo
- Con ese antecedente, los "representantes del imputado", transcriben íntegramente el tenor del primer recurso de
- judicial conforme lo determinan los arts
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Así, de la revisión del recurso y las denuncias contenidas en el mismo, este Tribunal
- De lo expuesto, se concluye que los recurrentes en el memorial de recurso de casación,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
