CONSIDERANDO: Que el Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba,
CONSIDERANDO: Que el Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba, dictó Sentencia condenatoria de 26 de noviembre de 2003 (fs. 273 a 274), por la cual declaró a Rafael Gabriel Rivas Terrazas y José Aguilar Rondan, autores del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, imponiéndoles la pena de once años de presidio a cumplir en la Cárcel de la ciudad de Cochabamba, y al pago de 500 días multa a razón de 1 bs. por día, costas, daños y perjuicios, regulables en ejecución de sentencia; a Florentino Ríos Argote, autor del delito de transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, imponiéndole la penta de ocho años de presidio a cumplir en la Cárcel de la ciudad de Cochabamba, más pago de 400 días multa a razón de 1 bs. por día, costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de Sentencia. Dispuso la confiscación definitiva del vehículo incautado consistente en una vagoneta marca Nissan con placa de circulación Nro. 945-AAD, especificado en el Acta de incautación, a favor de CONALTID
- PARTES PROCESALES: Ministerio Público contra Florentino Ríos Argote, José Aguilar Rondan, Rafael Rivas Terrazas
- DELITO: tráfico de sustancias controladas, transporte de sustancias controladas
- MAGISTRADO RELATOR: Jorge I. von Borries Méndez
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Luisa Madeleine Destre Languidey, Abogada Defensora de Oficio
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- Resolución condenatoria, que fue objeto de los recursos de apelación por Florentino Ríos Argote (fs
- Concluye finalmente, pidiendo de forma incompleta e impropia, que al estar clarísimo que se ha
- De ahí que el recurso ha incumplido los requisitos establecidos en el art
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- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
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