Auto Supremo AS/0249/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2012

Fecha: 17-Sep-2012

c) Que el Tribunal de Alzada no señaló ni expresó, como no se fundamentó el

c) Que el Tribunal de Alzada no señaló ni expresó, como no se fundamentó el recurso de apelación, no explicaron como no se estableció la vulneración del art. 335 del Código de Procedimiento Penal; asimismo en cuanto a la denuncia de violación a los principios de continuidad e inmediación, confundieron la interpretación de esta con los recesos diarios de audiencia y la causal de suspensión de juicio, no habiéndose pronunciado sobre las violaciones expresadas en la apelación restringida en franca violación del art.124 del Código de Procedimiento Penal