POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Segunda del Supremo Tribunal de Justicia, con
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Segunda del Supremo Tribunal de Justicia, con la facultad prevista en la Disposición Transitoria Octava y el num. 1 del parágrafo I del art. 42, ambos de la Ley del Órgano Judicial, así como del art. 8 de la Ley Nº 212 de 23 de diciembre de 2011, Declara: IMPROCEDENTE el Recurso de Casación de fs.198 a 199 vta., sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- Partes :Saida Vera Sánchez c/ Caja Nacional de
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social
- CONSIDERANDO II:Que, la referidadeterminación motivó la interposición del Recurso de Casación, por Marco Antonio Silva
- CONSIDERANDO III:Que, por Acuerdo de Sala Plena Nº 418/2013 emitido por el Tribunal Supremo de
- Que, de conformidad con la amplia jurisprudencia desarrollada por la Corte Suprema de Justicia, el
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso en análisis, se establece en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Segunda del Supremo Tribunal de Justicia, con
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Fdo. Magistrado Dr. D. Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 013/2013
