Auto Supremo AS/0250/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2013-RA

Fecha: 02-Oct-2013

Del análisis del recurso de casación, se extrae


c)Notificado el recurrente el 10 de septiembre de 2013, conforme actuación cursante a fs. 283, interpuso el recurso de casación motivo de autos el 13 del mismo mes y año.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del análisis del recurso de casación, se extrae:

1)Como primer motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado identificó defectos en la Sentencia de grado conforme al art. 370 incs. 1), 5), y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP); empero, sostiene que esta conclusión es incorrecta y apartada de los antecedentes del proceso, pues señala que a pesar de que la Sentencia en cuanto a su fundamentación intelectiva, asentó las bases de su decisorio en la valoración conjunta de las pruebas y el análisis de éstas conforme a las reglas de la sana crítica; y, respecto a la fundamentación jurídica realizó el análisis individual de cada uno de los tipos penales acusados; sin embargo, el Tribunal de alzada determinó su anulación en la aseveración de que, el Tribunal de Sentencia no realizó “una integral fundamentación probatoria, intelectiva del conjunto de las pruebas producidas en el debate del juicio oral toda vez que por una parte, no ha asignado fundadamente el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba incorporados al juicio, dando por acreditada la existencia del cuerpo de los delitos acusados” (sic); siendo este entendimiento contrario a la doctrina legal aplicable del Auto Supremo 386 de 26 de julio de 2000, bajo la afirmación de que: “…el defecto procesal por el cual se anula la sentencia, es ultrapetita, en virtud a que la apelante Sra. Paz, ha reclamado violación alguna” (sic)