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    Auto Supremo AS/0279/2013-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0279/2013-RA

    Fecha: 30-Oct-2013

    Regístrese, hágase saber y devuélvase


    POR TANTO

    La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación cursante de fs. 318 a 319, interpuesto por AASANA.

    Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2013, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Finalmente, solicita “…se remita antecedentes ante el Tribunal Constitucional Plurinacional ante la Comisión de admisión
    • El art
    • En este contexto, el art
    • c)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
    • Consiguientemente, ante el incumplimiento con los requisitos exigidos en los arts
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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