Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde a este Tribunal el análisis y resolución
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN.-
Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde a este Tribunal el análisis y resolución con base a las normas adjetivas y sustantivas referidas, en cuyo efecto resolviendo los fundamentos alegados, tenemos lo siguiente:
En primer lugar debemos partir del siguiente análisis doctrinal: El proceso por sus propias características y estructura, se encuentra dividido en etapas sucesivas que se abren y cierran según el curso del juicio, no siendo posible por mera voluntad de las partes ni del juez retroceder en el tiempo, salvo que se encuentre en la tramitación del proceso, alguna vulneración del debido proceso, de la tutela judicial efectiva y/o de la defensa que afecta el orden público que rige para estos procesos, característica que en la legislación procesal se conoce como Principio de Preclusión
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN.-
Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde a este Tribunal el análisis y resolución con base a las normas adjetivas y sustantivas referidas, en cuyo efecto resolviendo los fundamentos alegados, tenemos lo siguiente:
En primer lugar debemos partir del siguiente análisis doctrinal: El proceso por sus propias características y estructura, se encuentra dividido en etapas sucesivas que se abren y cierran según el curso del juicio, no siendo posible por mera voluntad de las partes ni del juez retroceder en el tiempo, salvo que se encuentre en la tramitación del proceso, alguna vulneración del debido proceso, de la tutela judicial efectiva y/o de la defensa que afecta el orden público que rige para estos procesos, característica que en la legislación procesal se conoce como Principio de Preclusión
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del
- Contra la resolución de segunda instancia, el demandado Mariano Poma Quispe, interpone recurso de casación
- CONSIDERANDO II
- En mérito a lo expuesto y al amparo -indica- de los artículos 250, 251 y
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde a este Tribunal el análisis y resolución
- Por otro lado, es necesario señalar que el recurso de casación en la Corte Suprema
- En el caso presente, con relación al primer fundamento del recurso de casación, referido a
- En el caso recurrido, para tener legitimación activa e iniciar y proseguir la acción de
- Con relación al segundo fundamento del recurso de casación, igualmente se acusa la violación del
- Este fundamento es requisito para la casación en la forma y no en el fondo,
- Referente al tercer punto, en el que se acusa de que el
- En resumen, el recurrente no ha evidenciado que el Auto de Vista recurrido contuviere violación,
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 506/2013
