Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas (art. 48 con relación al 33 inc. m)
de la Ley Nº 1008)
Recurso: Casación
VISTOS: (Del recurso en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por Benita Almanza Urey de fs. 301 a 303 vta., impugnando el Auto de Vista de 16 de marzo de 2009 cursante de fs. 291 a 293 vta. de obrados, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente y Silvia Almanza Urey y Pedro Pedriel Jiménez (Estos últimos declarados Rebeldes y Contumaces ante la Ley), por la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley Nº 1008, los antecedentes, y;
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal de fs. 9 a 11 vta. de obrados, previa la sustanciación del juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia N° 52 de 09 de diciembre de 2008 (fs. 273 a 277), declaró a Benita Almanza Urey, autora y responsable del hecho ilícito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley Nº 1008, condenándola a la pena privativa de libertad de 12 años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz (Cárcel de Palmasola) accesoriamente se impuso la multa de 300 días multa a razón de Bs. 2.- por día misma que deberá ser cancelada conforme a la Ley de Ejecución Penal
de la Ley Nº 1008)
Recurso: Casación
VISTOS: (Del recurso en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por Benita Almanza Urey de fs. 301 a 303 vta., impugnando el Auto de Vista de 16 de marzo de 2009 cursante de fs. 291 a 293 vta. de obrados, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente y Silvia Almanza Urey y Pedro Pedriel Jiménez (Estos últimos declarados Rebeldes y Contumaces ante la Ley), por la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley Nº 1008, los antecedentes, y;
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal de fs. 9 a 11 vta. de obrados, previa la sustanciación del juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia N° 52 de 09 de diciembre de 2008 (fs. 273 a 277), declaró a Benita Almanza Urey, autora y responsable del hecho ilícito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley Nº 1008, condenándola a la pena privativa de libertad de 12 años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz (Cárcel de Palmasola) accesoriamente se impuso la multa de 300 días multa a razón de Bs. 2.- por día misma que deberá ser cancelada conforme a la Ley de Ejecución Penal
- Silvia Almanza Urey y Pedro PedrielJimenez
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Benita Almanza Urey de fs
- Del estudio del Recurso de Casación, la relación de hechos, la descripción de las pruebas
- Que en todo caso las personas que se encontraban cerca a la sustancia controlada era
- Que su actuar no se adecuo al delito sentenciado, por lo que se constituye en
- Del Precedente Contradictorio Invocado: Tanto en el Recurso de Apelación Restringida como en el de
- De la solicitud: Solicitó se admita su recurso y se proceda a emisión de Auto
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados
- Plazo:La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para formular
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida: Conforme lo previsto por el art
- Por lo señalado supra, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que la recurrente,
- POR TANTO
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
