CONSIDERANDO III: Que, a través del Recurso de Casación cursante de Fs
2) Con referencia a los vicios que tendría la Sentencia Condenatoria, según lo argumentado por el recurrente, éste denuncia que la audiencia oral de recepción de prueba testifical se habría llevado acabo en el Despacho del Juez, sin la presencia del Fiscal y abogado defensor, sin embargo este hecho no ha sido demostrado con ningún medio probatorio, constando solamente el Acta del Juicio Oral en el que se evidencia que dicha audiencia se llevó acabo dentro de los parámetros legales y conforme a procedimiento. Por lo que el Tribunal superior considera que no es cierto ni evidente lo manifestado por el recurrente
CONSIDERANDO III: Que, a través del Recurso de Casación cursante de Fs. 448 a 452 Vlta., el procesado Angel Angulo Vilte impugna la resolución jurisdiccional contenida en Auto de Vista de fecha 10 de agosto 2011 que cursa de Fs. 441 a 445, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia Distrito Judicial de Santa Cruz, alegando como motivo de su Recurso de Casación que:
1) Defectos de la Sentencia: que se base en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente al Juicio Art. 370 numeral 4) Ley 1970.- conforme se evidencia de la sentencia apelada, las pruebas de cargo presentadas por el Ministerio Público y la parte civil, tiene nulidad por defectos absolutos, prueba de ello es que la defensa planteó incidente de exclusión probatoria, los mismos que fueron declarados admisibles puesto que se evidencio la flagrante vulneración de derechos y garantías constitucionales, en la obtención de dicha prueba
CONSIDERANDO III: Que, a través del Recurso de Casación cursante de Fs. 448 a 452 Vlta., el procesado Angel Angulo Vilte impugna la resolución jurisdiccional contenida en Auto de Vista de fecha 10 de agosto 2011 que cursa de Fs. 441 a 445, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia Distrito Judicial de Santa Cruz, alegando como motivo de su Recurso de Casación que:
1) Defectos de la Sentencia: que se base en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente al Juicio Art. 370 numeral 4) Ley 1970.- conforme se evidencia de la sentencia apelada, las pruebas de cargo presentadas por el Ministerio Público y la parte civil, tiene nulidad por defectos absolutos, prueba de ello es que la defensa planteó incidente de exclusión probatoria, los mismos que fueron declarados admisibles puesto que se evidencio la flagrante vulneración de derechos y garantías constitucionales, en la obtención de dicha prueba
- Que, contra la referida Sentencia, el procesado Angel Angulo Vilte interpuso Recurso de
- CONSIDERANDO II
- Que, Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- CONSIDERANDO III: Que, a través del Recurso de Casación cursante de Fs
- 2) Defectos de la Sentencia: Que la Sentencia se base en hechos inexistentes o no
- 3) que los elementos de convicción sobre la paternidad puede aportar la denuncia o la
- Motivos por los que el recurrente pide al Tribunal Supremo de Justicia dejar si
- CONSIDERANDO IV: Que, desde una perspectiva amplia, señala ORTELLS RAMOS, el medio de impugnación se
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país ha
- CONSIDERANDO V: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del Recurso de
- Que, el precedente invocado por el recurrente contenido en la S
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Magistrada Relatora: Dra. Ma. Lourdes Bustamante Ramírez
