CONSIDERANDO V: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del Recurso de
CONSIDERANDO V: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del Recurso de Casación en análisis, de la revisión de los antecedentes que conforman el legajo procesal se establece que el Recurso de Casación interpuesto por el procesado Angel Angulo Vilte este fue interpuesto dentro de los cinco días de la notificación con el Auto de Vista tal como consta en diligencias de Fs. 446, de obrados en ese antecedente, se evidencia que el recurrente cumplió con lo previsto por el art. 417 del Código de Procedimiento Penal
- Que, contra la referida Sentencia, el procesado Angel Angulo Vilte interpuso Recurso de
- CONSIDERANDO II
- Que, Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- CONSIDERANDO III: Que, a través del Recurso de Casación cursante de Fs
- 2) Defectos de la Sentencia: Que la Sentencia se base en hechos inexistentes o no
- 3) que los elementos de convicción sobre la paternidad puede aportar la denuncia o la
- Motivos por los que el recurrente pide al Tribunal Supremo de Justicia dejar si
- CONSIDERANDO IV: Que, desde una perspectiva amplia, señala ORTELLS RAMOS, el medio de impugnación se
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país ha
- CONSIDERANDO V: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del Recurso de
- Que, el precedente invocado por el recurrente contenido en la S
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Magistrada Relatora: Dra. Ma. Lourdes Bustamante Ramírez
