POR TANTO
POR TANTO:
La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la facultad conferida por la Disposición Transitoria Octava de la Ley del Órgano Judicial, art. 8-II) de la Ley Nº 212, conforme a los arts. 416, 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara: INADMISIBLE el Recurso de Casación planteado por Juan Rosas Camacho y Giovana Calderón Simón, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Alcaldía Municipal de Alalay, Elena Panozo Ríos y Patricio Jaldín Terceros contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Conducta Antieconómica y Peculado, previstos y sancionados por los arts. 224 y 142 del Código Penal, con costas
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Mauricio F
- Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Juan Rosas Camacho y Giovana
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los
- Una Sentencia puede adolecer de ciertos defectos de forma, pero si el fondo está bien
- El Tribual de Primera Instancia hizo una correcta y detallada fundamentación, no solo descriptiva, sino
- II
- El Tribunal de Sentencia en su Resolución dictada hizo no solo la diferenciación entre la
- III
- Se utilizó el calificativo de relevante para referirse a la Prueba Secundaria y al referirse
- IV
- No es justo que se pretenda llevar a delante un juicio con prueba no presente
- V
- El su otrosí, pidió se cumpla con el art
- De la solicitud
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- • De la forma
- • En el Recurso de Casación, se deberá
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- A) De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida
- B) De la contradicción del Precedente Contradictorio y el Auto de Vista recurrido
- Por tanto se tiene lo siguiente
- De lo que se establece, que el recurso planteado no cumple con las exigencias establecidas
- El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple
- Si el recurrente pretendió plantear se recurso por la supuesta existencia de defectos absolutos en
- Por lo señalado anteriormente, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
