Complementando lo anterior, es preciso aclarar que para la eficacia del recurso de casación en
Complementando lo anterior, es preciso aclarar que para la eficacia del recurso de casación en el fondo, es suficiente la acreditación de uno de dichos presupuestos y no necesariamente de todos, toda vez que al evidenciar dicho error in judicando en cualquiera de sus variantes, el Tribunal estará constreñido a emitir un fallo que disponga la casación total o parcial de la resolución impugnada y emitirá un nuevo fallo que resuelva el fondo
- Expediente: 357/2013-S
- Magistrado Relator: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral de pago de beneficios laborales, el Juez de
- Interpuesto el recurso de apelación por la empresa demandada (fs
- Dicha Resolución motivó que el representante de la empresa demandada Juan Fossati Jémio, formule recurso
- Acusó también que el memorial de apelación, es sucinto pero claro y efectivo donde se
- Finalmente solicitó que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista y declare
- CONSIDERANDO II: Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en
- Ahora bien, debe tenerse en cuenta que el recurso de casación en el fondo tiene
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- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- En este contexto, corresponde puntualizar que en el caso de autos, el recurrente planteó recurso
- Por otra parte, cabe señalar que el recurrente obviando la adecuada técnica jurídica que hace
- En cuanto al recurso de nulidad, es necesario aclarar que el recurso de casación en
- Situación que no ocurre en el caso de análisis, por cuanto el recurso de casación
- Merced a estos parámetros y evidenciándose que el recurso en cuestión no se acomoda a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Se regula honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
