Auto Supremo AS/0605/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0605/2013

Fecha: 08-Oct-2013

Por otra parte, cabe señalar que el recurrente obviando la adecuada técnica jurídica que hace

Por otra parte, cabe señalar que el recurrente obviando la adecuada técnica jurídica que hace al planteamiento del recurso de casación en el fondo, no citó los números de folio del Auto de Vista recurrido, tal cual lo establece el referido inciso 2) del artículo 258 del Código de Procedimiento Civil. Además que culmina sin hacer un petitorio expreso y claro, limitándose a solicitar que el Auto de Vista sea casado y se declare la nulidad de obrados, de tal forma se concluye que dichos defectos en la interposición del recurso motivan también su improcedencia impidiendo a este Tribunal la realización de mayor análisis sobre los argumento del recurso de casación en el fondo