impartir justicia y dar respuesta a la pretensión de las partes; es así, que flexibilizando
Sin embargo de lo anterior, habiendo el recurrente denunciado vulneración del derecho y garantía constitucional de debido proceso por falta de fundamentación, además identificado plenamente el hecho motivo de su reclamo, conforme se destaca en el párrafo anterior, precisando además la restricción de ese derecho fundamental, así como el resultado dañoso reflejado en su condena; corresponde su análisis y resolución al haberse observado con los presupuestos de admisibilidad vía flexibilización, conforme lo señalado en el acápite III del presente Auto Supremo, cumpliendo de esta manera, la labor fundamental del Órgano Judicial de
impartir justicia y dar respuesta a la pretensión de las partes; es así, que flexibilizando los requisitos de admisión del recurso de casación, debe determinarse la apertura de la competencia de este Tribunal de Justicia en forma extraordinaria, para conocer el recurso, verificar los fundamentos de su denuncia, establecer su certidumbre y finalmente resolver conforme a derecho
- Por memorial presentado el 21 de octubre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs
- Esta denuncia se sustenta en que el Tribunal de Sentencia, reconoce que pese de haberse
- Finalmente, solicita se deje sin efecto el Auto de Vista y se ordene nueva emisión,
- El art
- que la norma procesal y material será efectivamente aplicada por igual; además, esta labor se
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- El recurrente, esencialmente reclama falta de fundamentación en la Sentencia, por cuanto al no haberse
- Ahora bien, por un lado se tiene que el recurrente no cumple con los demás
- impartir justicia y dar respuesta a la pretensión de las partes; es así, que flexibilizando
- Se aclara con referencia a la Sentencia Constitucional 146/2006-R, que conforme dispone el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
