El art
III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza la vigencia del principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, garantía que se encuentra recogida por la norma procesal penal en su art. 394; sin embargo, los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, deben observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la misma ley, esto se encuentra taxativamente establecido en la norma contenida en el art. 396 inc. 3) del antedicho cuerpo adjetivo
- Por memoriales cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Habiendo interpuesto recurso de casación el Ministerio Público (fs
- d)Es así que, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, emitió
- e)Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista el 12 de agosto de 2013,
- De la atenta revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- Añade que, según el informe pericial del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), no habría perjuicio
- 2)Como segundo motivo reclama: “INFRACCIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA ART
- En acápite separado señala como precedentes contradictorios los Autos Supremos: 434/2009 de 20 de agosto,
- Con esos argumentos, solicita se anule parcialmente el Auto de Vista, manteniendo firme su absolución
- II.2.Recurso de casación del imputado Vidal López Pérez
- 1)En primer término denuncia: “FALTA DE FUNDAMENTACIÓN Y VALORACIÓN DE LA PRUEBA” (sic) señalado que
- Relativo al mismo reclamo, añade que: “Consecuente con lo manifestado y argüido líneas precedentes, a
- 2)Reclama por otro lado: “FALTA DE INDIVIDUALIZACIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL” (sic), arguyendo que la responsabilidad
- 3)Por otro lado denuncia “CONSERVACIÓN DEL ACTO PROCESAL CUMPLIDO” (sic) hace referencia al juicio oral
- Con esos argumentos, solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado se emita
- El art
- Dicho esto, también conviene recordar que el art
- iii)Y por último, como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida,
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que los recursos
- Así, de la revisión de los recursos y los motivos que contienen, se establece lo
- Asimismo y como consecuencia de lo anterior, la recurrente omite desarrollar, en los términos exigidos
- Las omisiones advertidas, no pueden ser suplidas de oficio, incumplimiento que deriva en que este
- En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el incumplimiento de los requisitos formales para la admisibilidad
- IV.2. Recurso de Vidal López Pérez
- En relación al recurso de casación presentado por el nombrado recurrente, se han identificado tres
- Se deja constancia que, si bien el recurrente cita como precedentes, también Sentencias Constitucionales, como
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
