Sustanciado el juicio oral y ordinario, el Tribunal de Sentencia en lo penal de la
CONSIDERANDO I: (Antecedentes del recurso de casación)
Que el recurso de casación de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes:
Sustanciado el juicio oral y ordinario, el Tribunal de Sentencia en lo penal de la ciudad de El Alto del Departamento de La Paz, pronunció Sentencia condenatoria contra Efraín Luján Gutiérrez leída en su integridad en fecha 8 de noviembre de 2012 (fs. 434 a 441), declarándolo autor del delito de homicidio e imponiendo la pena de diecisiete años de presidio, asimismo, absuelto del delito de asesinato. Contra la citada Sentencia el acusado formuló recurso de apelación restringida (fs. 455 a 459), resuelto por Auto de Vista Nro. 17 de 15 de febrero de 2013 (fs. 493 a 495), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz, que lo declaró improcedente confirmando la sentencia impugnada, asimismo la acusadora particular presentó recurso de apelación restringida (fs. 460 a 463), el cual fue declarado inadmisible, formulándose el recurso de casación motivo de autos
Que el recurso de casación de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes:
Sustanciado el juicio oral y ordinario, el Tribunal de Sentencia en lo penal de la ciudad de El Alto del Departamento de La Paz, pronunció Sentencia condenatoria contra Efraín Luján Gutiérrez leída en su integridad en fecha 8 de noviembre de 2012 (fs. 434 a 441), declarándolo autor del delito de homicidio e imponiendo la pena de diecisiete años de presidio, asimismo, absuelto del delito de asesinato. Contra la citada Sentencia el acusado formuló recurso de apelación restringida (fs. 455 a 459), resuelto por Auto de Vista Nro. 17 de 15 de febrero de 2013 (fs. 493 a 495), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz, que lo declaró improcedente confirmando la sentencia impugnada, asimismo la acusadora particular presentó recurso de apelación restringida (fs. 460 a 463), el cual fue declarado inadmisible, formulándose el recurso de casación motivo de autos
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Elvis Pinto Flores (fs
- Sustanciado el juicio oral y ordinario, el Tribunal de Sentencia en lo penal de la
- Que el recurrente en el memorial del recurso de casación, expone los siguientes motivos
- Concluye en su pretorio, señalando que debe admitirse el recurso y revocar el Auto de
- Que para la admisibilidad del recurso de casación, se debe cumplir con las condiciones formales
- Por otro lado, resulta necesario indicar que la admisión excepcional procede cuando existen denuncias concretas
- Con relación a los demás requisitos de formulación del recurso de casación, se tiene
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
