Auto Supremo AS/0473/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0473/2013

Fecha: 12-Nov-2013

Comuníquese la represente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, para que por su

Para garantizar el debido proceso, se dispone notificar al detenido con copia de la presente resolución y mandamiento a expedirse, otorgándosele el plazo de diez (10) días, más los de la distancia, para que asuma defensa, con cuyo resultado se remitirán obrados en Vista Fiscal, ante la Fiscalía General de la República para que se pronuncie sobre el fondo del asunto, en aplicación del Art. 158 del Código de Pdto. Penal. La autoridad judicial comisionada deberá informar al Tribunal Supremo de Justicia, sobre la ejecución del mandamiento y cumplimiento de la citación, estando obligada a remitir los antecedentes y diligencias practicadas.
A los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el artículo 440 de la Ley Nº 1970, se dispone que el Registro de Antecedentes Penales del Consejo de la Magistratura de Bolivia, certifique la existencia y estado de algún proceso penal en trámite contra el requerido de extradición.
Comuníquese la represente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, para que por su intermedio se haga conocer a la Embajada de la República del Perú