CONSIDERANDO I: Que en base a la nota de fojas 71 signada con el Nº
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de detención preventiva con fines de extradición formulada por la Embajada del Perú, contra el ciudadano colombiano Vairo José Ávila Vaca; la documentación acompañada al efecto, el informe del Magistrado Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas, y
CONSIDERANDO I: Que en base a la nota de fojas 71 signada con el Nº 5-7-M/159 de la Embajada del Perú dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia, y luego por oficio GM DGAJ-UDR-1051-7622 de 19 de mayo de 2011 cursante a fojas 72, el Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, remite a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia, la solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Vairo José Ávila Vaca, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Drogas en agravio del Estado Peruano, en el marco del artículo VIII del Tratado de Extradición, suscrito entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia, ratificado por Bolivia mediante Ley Nº 2776 de 7 de julio de 2004, debiendo seguirse la regla y cumplimiento de ciertos requisitos para la procedencia del pedido en análisis, tales como los consignados en el artículo VIII de dicho instrumento legal, que dispone: “En casos de urgencia, el Estado requirente podrá solicitar la detención preventiva de la persona reclamada en tanto se presente la solicitud de extradición. La solicitud de detención preventiva deberá tramitarse por conducto diplomático, o directamente entre el Ministerio de Justicia de la República del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República de Bolivia”
- PROCESO: Detención Preventiva con fines de Extradición
- FECHA: Sucre, doce de noviembre de dos mil trece
- CONSIDERANDO I: Que en base a la nota de fojas 71 signada con el Nº
- La solicitud deberá contener: Una descripción de la persona reclamada; el paradero de la misma,
- Que el Estado requirente deberá tener conocimiento de la resolución sobre la detención preventiva y
- CONSIDERANDO II: Que de la revisión de antecedentes remitidos como la documentación adjuntada de fojas
- En este marco legal, mediante resolución de 28 de diciembre de 2007 (fojas 11 a
- Que, en el caso de autos, el delito por el que se acusa al nombrado,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Comuníquese la represente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, para que por su
- No interviene la Magistrada Rita Susana Nava Duran por motivo de salud y
- Regístrese, Notifíquese y Cúmplase
- Secretario de Sala Plena
