Del estudio del Recurso de Casación, como motivos del mismo se tiene las siguientes
Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Fernando Salvatierra Velasco, mediante memorial presentado el 20 de mayo de 2011 (fs.143 a 149 vta.), planteó Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de casación)
Del estudio del Recurso de Casación, como motivos del mismo se tiene las siguientes:
El Tribunal de Alzada emitió el Auto de Vista motivo del recurso, fuera del plazo establecido por el art. 411 del Código de Procedimiento Penal, señalando que el 21 de enero de 2011 se realizó la audiencia de fundamentación del recurso por lo tanto desde esta fecha debe computarse el plazo y ante la emisión de dicho fallo recién el 28 de febrero de 2011 se establece que se dictó extemporáneamente siendo contrario con el precedente contradictorio establecido en los Autos Supremos N° 580 de 4 de octubre de 2004 y 703 de 24 de noviembre de 2004
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de casación)
Del estudio del Recurso de Casación, como motivos del mismo se tiene las siguientes:
El Tribunal de Alzada emitió el Auto de Vista motivo del recurso, fuera del plazo establecido por el art. 411 del Código de Procedimiento Penal, señalando que el 21 de enero de 2011 se realizó la audiencia de fundamentación del recurso por lo tanto desde esta fecha debe computarse el plazo y ante la emisión de dicho fallo recién el 28 de febrero de 2011 se establece que se dictó extemporáneamente siendo contrario con el precedente contradictorio establecido en los Autos Supremos N° 580 de 4 de octubre de 2004 y 703 de 24 de noviembre de 2004
- Delito : Estupro (art
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Rosa Rodríguez Ortiz, de fs
- Del estudio del Recurso de Casación, como motivos del mismo se tiene las siguientes
- Falta de congruencia del Auto de Vista recurrido ya que solo se pronunció a tres
- Violación a su derecho a un debido proceso ya que en el recurso de apelación
- El Auto de Vista al disponer la nulidad del juicio vulnera el Principio de Trascendencia
- Falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista señalando que simplemente se hubiese realizado
- Que de los argumentos señalados supra se advertiría la concurrencia de defectos absolutos establecidos por
- De la solicitud: Solicitó se deje sin efecto la resolución recurrida, devolviéndose obrados a la
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- El incumplimiento a los presupuestos establecidos
- De conformidad al Auto Supremo Nº 573 de 30 de octubre de 2013 se acredita
- Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por Fernando Salvatierra Velasco, se tiene las
- Falta de congruencia del Auto de Vista recurrido ya que solo se hubiese pronunciado a
- Consiguientemente conforme a los fundamentos establecidos en el presente Auto Supremo corresponde emitir la correspondiente
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Asimismo, respecto de la falta de fundamentación se tiene que es una garantía constitucional de
- POR TANTO
- En aplicación del art
- Magistrada Convocada Dra. Elisa S� nchez Mamani
