Magistrada Convocada Dra. Elisa S� nchez Mamani
Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
No interviene la Dra.Ma. Lourdes Bustamante R.por ser de voto disidente
Magistrada Convocada Dra. Elisa S� nchez Mamani
- Delito : Estupro (art
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Rosa Rodríguez Ortiz, de fs
- Del estudio del Recurso de Casación, como motivos del mismo se tiene las siguientes
- Falta de congruencia del Auto de Vista recurrido ya que solo se pronunció a tres
- Violación a su derecho a un debido proceso ya que en el recurso de apelación
- El Auto de Vista al disponer la nulidad del juicio vulnera el Principio de Trascendencia
- Falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista señalando que simplemente se hubiese realizado
- Que de los argumentos señalados supra se advertiría la concurrencia de defectos absolutos establecidos por
- De la solicitud: Solicitó se deje sin efecto la resolución recurrida, devolviéndose obrados a la
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- El incumplimiento a los presupuestos establecidos
- De conformidad al Auto Supremo Nº 573 de 30 de octubre de 2013 se acredita
- Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por Fernando Salvatierra Velasco, se tiene las
- Falta de congruencia del Auto de Vista recurrido ya que solo se hubiese pronunciado a
- Consiguientemente conforme a los fundamentos establecidos en el presente Auto Supremo corresponde emitir la correspondiente
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Asimismo, respecto de la falta de fundamentación se tiene que es una garantía constitucional de
- POR TANTO
- En aplicación del art
- Magistrada Convocada Dra. Elisa S� nchez Mamani
