Falta de congruencia del Auto de Vista recurrido ya que solo se hubiese pronunciado a
Falta de congruencia del Auto de Vista recurrido ya que solo se hubiese pronunciado a tres de los seis puntos referidos en la apelación restringida, al respecto se tiene que el recurrente si bien realizó la identificación de los puntos apelados por la parte contraria no realizó la individualización o precisión de cuáles de los seis aspectos apelados no fueron motivo de pronunciamiento o defectuosamente fundamentado, consiguientemente no es atendible este punto por la errónea formulación del recurso
- Delito : Estupro (art
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Rosa Rodríguez Ortiz, de fs
- Del estudio del Recurso de Casación, como motivos del mismo se tiene las siguientes
- Falta de congruencia del Auto de Vista recurrido ya que solo se pronunció a tres
- Violación a su derecho a un debido proceso ya que en el recurso de apelación
- El Auto de Vista al disponer la nulidad del juicio vulnera el Principio de Trascendencia
- Falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista señalando que simplemente se hubiese realizado
- Que de los argumentos señalados supra se advertiría la concurrencia de defectos absolutos establecidos por
- De la solicitud: Solicitó se deje sin efecto la resolución recurrida, devolviéndose obrados a la
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- El incumplimiento a los presupuestos establecidos
- De conformidad al Auto Supremo Nº 573 de 30 de octubre de 2013 se acredita
- Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por Fernando Salvatierra Velasco, se tiene las
- Falta de congruencia del Auto de Vista recurrido ya que solo se hubiese pronunciado a
- Consiguientemente conforme a los fundamentos establecidos en el presente Auto Supremo corresponde emitir la correspondiente
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Asimismo, respecto de la falta de fundamentación se tiene que es una garantía constitucional de
- POR TANTO
- En aplicación del art
- Magistrada Convocada Dra. Elisa S� nchez Mamani
