b)Contra la mencionada Sentencia, el recurrente, interpuso recurso de apelación restringida (fs
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
a)En mérito a la acusación particular (fs. 1 a 2 vta.), desarrollada la audiencia de juicio, por Sentencia 9/2013 de 8 de mayo (fs. 156 a 163 vta.), el Juzgado Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró la absolución de Ramiro Walter Chungara Villegas, por los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, insertos en los arts. 282, 283 y 287, todos del Código Penal, en razón de que la prueba aportada fue insuficiente para generar en el juzgador convicción sobre la responsabilidad penal del imputado.
b)Contra la mencionada Sentencia, el recurrente, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 166 a 169 vta.), motivando el pronunciamiento del Auto de Vista 33/2013 de 29 de octubre, que rechazó el recurso por “ser INADMISIBLE por extemporáneo” (sic)
- El recurso de casación interpuesto por Carlos Fernando Puma Aguilar cursante de fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, el recurrente, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- El recurrente emprende su alegato, calificando al Auto de Vista que impugna como “contrario a
- 2)Previo señalamiento sobre el hecho de que al no haber la parte contraria expuesto opinión
- En esta misma temática manifiesta el recurrente que el Juzgador de grado incurrió en defectuosa
- Finaliza este motivo señalando que la errónea valoración denunciada está vinculada a los arts
- El art
- invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance; pues
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Atendiendo al requisito relativo al plazo de interposición, se tiene que el recurrente, fue notificado
- Respecto a los demás requisitos, se tiene que dentro del primer motivo del recurso, el
- Los motivos expuestos, determinan que este Tribunal no tenga abierta su competencia para conocer el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
