Auto Supremo AS/0351/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0351/2013

Fecha: 09-Dic-2013

Con el Auto de Vista impugnado, las imputadas Gudelia Torrez Carreón y Alicia Torrez

SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº. 351/2013
Sucre, 9 de diciembre de 2013
EXPEDIENTE: Tarija 245/2013
PARTES PROCESALES: Ministerio Público contra Gudelia Torrez Carreón, Alicia Tórrez Carreón, Deysi Morales Rojas
DELITO: tráfico de sustancias controladas


VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Gudelia Torrez Carreón y Alicia Torrez Carreón (fs. 357 a 360), impugnando el Auto de Vista Nro. 35/2013 emitido el 3 de septiembre de 2013 por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija (fs. 336 a 341), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Gudelia Torrez Carreón, Alicia Torrez Carreón y Deysi Morales Rojas, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto en los artículos 48 y 33 inciso m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.
CONSIDERANDO I: (Antecedentes del recurso de casación)
Que el recurso de casación de referencia, tuvo origen en los siguientes antecedentes:
Sustanciado el juicio oral y público, el Tribunal de Sentencia Segundo de la ciudad de Yacuiba, de la provincia Gran Chaco del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pronunció Sentencia condenatoria Nro. 34/2010 de fecha 11 de septiembre de 2010 (fs. 119 a 125), declarando a las imputadas Gudelia Torrez Carreón, Alicia Torrez Carreón y Deysi Morales Rojas autoras del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 48 con relación al artículo 33 inciso m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, condenándolas a la pena privativa de libertad de diez años de presidio a cada una, a cumplirse en la Cárcel Pública de la ciudad de Yacuiba y al pago de 10.000 mil días multa, en razón de diez centavos de boliviano por día, con costas a favor del Estado a ser averiguables en ejecución de sentencia.
Contra la citada Sentencia las imputadas formularon recursos de apelación restringida (fs. 196 a 204, de 243 a 249 y de 252 a 254), habiendo desistido la imputada Deysi Morales (fs. 314). El presentado por las acusadas Gudelia Torrez Carreón y Alicia Torrez Carreón, fue resuelto por Auto de Vista Nro. 35/2013 de fecha 3 de septiembre de 2013 (fs. 336 a 341), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el recurso interpuesto, consiguientemente confirmó la sentencia impugnada.
Con el Auto de Vista impugnado, las imputadas Gudelia Torrez Carreón y Alicia Torrez Carreón, fueron notificadas el 15 de noviembre de 2013 (fs. 350) formulando el recurso de casación, motivo de autos, el 22 de noviembre de 2013