Del memorial de fs. 106 a 112 vta., se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de fs. 106 a 112 vta., se extraen los siguientes motivos:
1)La recurrente bajo el título: “DERECHO A INTERPONER RECURSO DE CASACIÓN” (sic), refiere que el Auto de Vista 01/2013 emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija que extrañamente no consigna fecha, es atentatorio y violatorio a sus garantías constitucionales porque declaró inadmisible su recurso de apelación restringida planteado contra la Sentencia 023/2013, con el fundamento de que habría sido presentado de manera extemporánea, sin considerar que el día 1 de noviembre, por determinación de la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, trabajaron hasta el medio día y el 2 del mismo mes era feriado nacional. Cita como doctrina legal aplicable el Auto Supremo 98 de 6 de marzo de 2006, que enfatiza el derecho de acceso al sistema de recursos y medios impugnatorios
- Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Con el Auto de Vista señalado, la imputada fue notificada el 5 de diciembre de
- Del memorial de fs. 106 a 112 vta., se extraen los siguientes motivos
- Finaliza acusando la violación de los arts
- recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el presente caso, atendiendo el requisito relativo al plazo de interposición, se tiene que
- aduciendo que el mismo fue presentado en forma extemporánea, sin considerar que el 1 de
- En cuanto al segundo motivo, relativo a la denuncia de la recurrente de que la
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
