Declarar a los imputados: Monserrat Florensa Romaguera de Tasca y Orlando Tasca Silva, absueltos de
Declarar a los imputados: Monserrat Florensa Romaguera de Tasca y Orlando Tasca Silva, absueltos de culpa y pena en los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal, por haberse generado duda razonable en el Tribunal y por ser insuficiente la prueba de cargo aportada por los Acusadores Particulares para probar la responsabilidad penal de los nombrados imputados en los hechos delictivos sometidos a juzgamiento
- Con base a la Acusación Fiscal de fs
- Admitir y aceptar el retiro de acusación que formalizó en forma oral los acusadores particulares:
- Declarar a los imputados: Monserrat Florensa Romaguera de Tasca y Orlando Tasca Silva, absueltos de
- Declarar a la co-imputada María Rosa Romaguera Buscarons, absuelta de culpa y pena de los
- Se dejó sin efecto legal todas las medidas jurisdiccionales de carácter personal que se dictaron
- Que, ante esta Sentencia a su turno, Monserrat Florensa Romaguera de Tasca, Orlando Tasca Silva
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los siguientes
- Denuncia la errónea aplicación de la Ley Sustantiva Penal y contradicción entre la parte considerativa
- Hace referencia a su apelación restringida y las vulneraciones denunciadas siendo estas; 1) violación de
- Defectuosa valoración probatoria respecto de la pericia realizada por el My
- Solicita la declaratoria de Rebeldía por desconocerse el domicilio de los querellados pidiendo se libre
- Reitera los puntos que no hubiesen sido debidamente considerados respecto de que no se determinó
- Del Precedente Contradictorio Invocado: Uno de los requisitos para la admisibilidad del Recurso de Casación
- De la solicitud: Interpone Recurso de Casación contra el Auto de Vista de 21 de
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- En el caso presente la recurrente, en el planteamiento del Recurso de Casación respecto del
- Respecto de los demás puntos del recurso de tiene el incumplimiento de los requisitos de
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora hágase, conocer el presente Auto Supremo a
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
