Auto Supremo AS/0681/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0681/2013

Fecha: 04-Dic-2013

Que, por otro lado, se advierte que el recurrente se limitó a copiar en su

Que, por otro lado, se advierte que el recurrente se limitó a copiar en su recurso de casación los mismos argumentos esgrimidos en su recurso de apelación restringida sin atacar las decisiones contenidas en las resoluciones pronunciadas por el tribunal de alzada, incumpliendo en lo absoluto con las normas procesales enunciadas en los Arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, limitándose a reiterar los aspectos cuestionados del juicio y de la Sentencia, sin llegar sin embargo así a expresar cómo es que el tribunal de alzada habría asumido una solución jurídica diversa al precedente contradictorio que fue meramente enunciado en el recurso de casación, actuando al respecto con absoluto desconocimiento de la norma procesal contenida en el primer párrafo del art. 416 del Código de Procedimiento Penal que al definir la naturaleza y finalidad del recurso de casación expresa: “ El recurso de casación procede para impugnar autos de vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por otras Cortes Superiores de Justicia o por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia”