I. 1. Antecedentes con relevancia jurídica
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 697
Sucre, 02/12/2013
Expediente: 424/2013-S
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
==========================================================================
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 233 a 234, interpuesto por Marina Lourdes Flores Poma en representación del Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad del El Alto, contra el Auto de Vista Nº 050/2013 de 13 de marzo de 2013 de fs. 230 a 231 vlta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso social por pago de beneficios sociales y otros derechos laborales que sigue Elena Lazo de Quisbert, contra el Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de El Alto; sin respuesta de la parte contraria; el Auto de fs. 236 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes con relevancia jurídica:
Que tramitado el proceso de conformidad con el Código Procesal del Trabajo, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de El Alto, pronunció la Sentencia Nº 158/2012 de 16 de agosto de 2012 (fs. 121 a 129), por la que resolvió declarar probada en parte la demanda de fs. 1-2, sin costas, en aplicación de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 y artículo 52 del Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio de 1992, ordenando a la entidad demandada a través de su representante legal, proceder al pago de las vacaciones por la suma de Bs.2.221,63.-
Auto Supremo Nº 697
Sucre, 02/12/2013
Expediente: 424/2013-S
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 233 a 234, interpuesto por Marina Lourdes Flores Poma en representación del Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad del El Alto, contra el Auto de Vista Nº 050/2013 de 13 de marzo de 2013 de fs. 230 a 231 vlta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso social por pago de beneficios sociales y otros derechos laborales que sigue Elena Lazo de Quisbert, contra el Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de El Alto; sin respuesta de la parte contraria; el Auto de fs. 236 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes con relevancia jurídica:
Que tramitado el proceso de conformidad con el Código Procesal del Trabajo, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de El Alto, pronunció la Sentencia Nº 158/2012 de 16 de agosto de 2012 (fs. 121 a 129), por la que resolvió declarar probada en parte la demanda de fs. 1-2, sin costas, en aplicación de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 y artículo 52 del Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio de 1992, ordenando a la entidad demandada a través de su representante legal, proceder al pago de las vacaciones por la suma de Bs.2.221,63.-
- I. 1. Antecedentes con relevancia jurídica
- En apelación deducida por la representación legal
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en
- Consiguientemente, concluyó solicitando se dicte Auto Supremo “…CASANDO
- II. 1. Fundamentos jurídicos del fallo
- Cabe anotar que, el recurso de casación en
- En razón a las características que hacen a
- Por lo dicho y tomando en cuenta que
- Por lo relacionado y siendo que el recurrente
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del
- Sin costas en aplicación del artículo 39 de
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
