POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la jurisdicción que emana del pueblo boliviano, y la atribución que le asignan los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, resuelve declarar IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo de fs. 233 a 234, interpuesto por Marina Lourdes Flores Poma, en representación del Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad del El Alto
- I. 1. Antecedentes con relevancia jurídica
- En apelación deducida por la representación legal
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en
- Consiguientemente, concluyó solicitando se dicte Auto Supremo “…CASANDO
- II. 1. Fundamentos jurídicos del fallo
- Cabe anotar que, el recurso de casación en
- En razón a las características que hacen a
- Por lo dicho y tomando en cuenta que
- Por lo relacionado y siendo que el recurrente
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del
- Sin costas en aplicación del artículo 39 de
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
