El Auto de Vista impugnado, alude la errónea aplicación del art
El Auto de Vista impugnado, alude la errónea aplicación del art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley Nº 1008) porque ejercitó una descripción del hecho mas no una fundamentación con relación a los agravios que fueron fundamentados en los numerales 9 y 10 (Fundamentos jurídicos de la Resolución). Cuando en el Auto de Vista se resolvió respecto de la errónea aplicación del art. 55 de la Ley Nº 1008 no fundamento debidamente al respecto, porque el recurrente hubiera señalado el Auto Supremo Nº 417 de 19 de agosto de 2003, el mismo que señala que para la comisión del delito deben concurrir el grado de certeza que el agente realizó actos previos, como ser adquirir la droga, almacenar la misma, esconder, trasladar de un lugar a otro, es decir, que absolver en sí todos los actos ejecutivos precedentes, los cuales se integran y se compenetran en aquel para formar un solo ente jurídico (al respecto transcribió la parte pertinente del referido precedente contradictorio). El punto de motivos de derecho que fundamentan la Sentencia, no contenían ningún concepto vinculado a que el imputado haya realizado actos previos e idóneos que hacen al ilícito acusado por el Ministerio Público, por lo que no cumplió con la exigencia del Auto Supremo
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,
- Se ordenó la confiscación definitiva a favor del Estado de: Dos teléfonos celulares marca Nokia,
- Que, ante esta Sentencia, Marcelino Vilacita Ossio (fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los
- El Auto de Vista impugnado, alude la errónea aplicación del art
- La Sentencia condenatoria no hizo ni siquiera referencia a la exigencia propia de la integralidad
- El Auto de Vista no fundamento en el orden de su resolución ninguno de los
- Asimismo, invocó el Aauto Supremo Nº 034 de 7 de febrero de 2009 emitido por
- Con relación a la omisión respecto del Auto de Vista de resolver todos los fundamentos
- El defecto más notorio es el orden de la insuficiente fundamentación de la Sentencia en
- No se especificó los criterio para la fijación dela pena incumpliendo el art
- No se estableció los criterios respecto del quantum de la pena, al respecto invocó el
- Invocó el Auto Supremo Nº 507 de 11 de octubre de 2007 emitido por la
- De la solicitud
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora hágase, conocer el presente Auto Supremo a
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
