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    Auto Supremo AS/0746/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0746/2013

    Fecha: 24-Dic-2013

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    • Expediente: 556/2013-C
    • CONSIDERANDO: Que en el memorial que cursa de fojas 37 a 38, el compulsante acusa
    • CONSIDERANDO: Que de la revisión de antecedentes se evidencia que en el proceso laboral sobre
    • Contra la resolución de vista la Sociedad demandada y la parte demandante interpusieron recurso de
    • Posteriormente, el Tribunal de Alzada emitió el Auto No
    • Notificado el mandatario de la Sociedad Elizabeth Mansilla SPA
    • Finalmente, consta en obrados (fs
    • CONSIDERANDO: Expuestos así los antecedentes que informan el presente recurso de compulsa, se concluye que
    • Que, el artículo 212 del Código Procesal del Trabajo establece que si el recurrente
    • En ese orden, el artículo 140 del Código de Procedimiento Civil determina que los plazos
    • Aplicando la normativa citada al caso en análisis, se tiene entonces, que habiendo sido notificada
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara LEGAL el
    • Constando del informe verbal de la señora Secretaria de la Sala Social y Administrativa del
    • En cumplimiento de la previsión contenida en el parágrafo I del artículo 296 de la
    • Al efecto, remítase copia de la presente resolución a la Dirección Administrativa y Financiera del
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    • Dr. Antonio G. Campero Segovia
    • Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
    • Secretaria de Sala Social y Administrativa

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