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    Auto Supremo AS/0751/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0751/2013

    Fecha: 24-Dic-2013

    Regístrese, notifíquese y devuélvase

    Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • La institución demandada, a través de su representante legal, interpuso recurso de apelación de fs
    • CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su
    • Por otra parte debe tenerse en cuenta que por disposición expresa del artículo 139
    • Así, el tratadista Hugo Alsina, señala: “El proceso es un conjunto de actos de procedimientos
    • En base a estos lineamientos, se concluye que los plazos procesales pueden computarse por días
    • Bajo este contexto normativo, doctrinario y jurisprudencial, se advierte que en el presente caso,
    • Por consiguiente, el Tribunal ad quem debió negar la concesión del recurso planteado y declarar
    • Por lo expuesto y a mérito de estas consideraciones, corresponde fallar en la forma prevista
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
    • Se apercibe al Tribunal ad quem, por no haber cumplido con lo dispuesto en el
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    • Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
    • Secretaria de Sala Social y Administrativa

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