Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2012, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 015/2013-RA
Sucre, 6 de febrero del 2013
Expediente : Santa Cruz 2/2013
Parte Acusadora : Ministerio Público y Adalid Padilla Alderete
Parte Imputada : Angélica Méndez Chávez
Delito : Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2012, cursante de fs. 701 a 705, Angélica Méndez Chávez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 61 de 10 de septiembre de 2012, cursante de fs. 690 a 692, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Adalid Padilla Alderete contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, previstos en los arts. 198 y 203 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 015/2013-RA
Sucre, 6 de febrero del 2013
Expediente : Santa Cruz 2/2013
Parte Acusadora : Ministerio Público y Adalid Padilla Alderete
Parte Imputada : Angélica Méndez Chávez
Delito : Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2012, cursante de fs. 701 a 705, Angélica Méndez Chávez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 61 de 10 de septiembre de 2012, cursante de fs. 690 a 692, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Adalid Padilla Alderete contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, previstos en los arts. 198 y 203 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En el acápite III de su memorial, el recurrente señala que el Auto de Vista
- Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Así, de la revisión del recurso y los motivos contenidos en el mismo, tenemos lo
- agosto de 2006 y no así con relación a las Sentencias Constitucionales citadas por el
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, cumple con los requisitos
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
