Auto Supremo AS/0021/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0021/2013-RA

Fecha: 08-Feb-2013

Del memorial que cursa de fs. 274 a 277, se extraen los siguientes motivos

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 274 a 277, se extraen los siguientes motivos:
Que el Auto de Vista 20 de 20 de marzo de 2012, incurre en las mismas falencias de la Sentencia oportunamente denunciadas, al limitarse a efectuar una relación de todos los antecedentes del proceso, dando por bien hecho sin ningún análisis, los defectos procesales y la errónea aplicación de las normas que fueron reclamadas, ingresando a una nueva valoración de los hechos incluyendo conclusiones y consideraciones nuevas que no fueron efectuadas por el tribunal de origen, sin observar el límite de su competencia establecida en los puntos apelados; de ese modo, en el cuarto considerando la Resolución impugnada establece nuevas consideraciones de lo que se ha investigado y juzgado y efectúa una nueva valoración de los hechos para ratificar una supuesta existencia del delito, olvidando que su principal función es la de revisar los agravios expresados y proveer el saneamiento solicitado respecto de los vicios e inobservancias reclamadas.
Agrega que el resto de la Resolución, reitera los hechos contenidos en la Sentencia condenatoria, ratificando la que considera una correcta actuación jurisdiccional, tanto en la parte considerativa como resolutiva, por lo que entiende el recurrente ser nuevamente víctima de una Resolución carente de fundamentación, estando nuevamente imposibilitado de conocer en derecho las razones que sirvieron de justificativo para la emisión de una nueva Resolución que violenta su derecho al debido proceso, a la tutela judicial eficaz y al conocimiento de una resolución congruente, conforme lo disponen los arts. 123, 124 y 398 del CPP, sobre el particular hace referencia a la Sentencia Constitucional 012/2006-R, que estableció la obligación de fundamentación que asiste a los órganos y autoridades judiciales