i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del CPP, cuales son:
i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada
i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada
- El recurso de casación interpuesto por Bacilia Patiño Quinteros, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la citada Sentencia, la imputada Bacilia Patiño Quinteros, interpuso recurso de apelación restringida, que
- Notificada con el Auto de Vista, la imputada Bacilia Patiño Quinteros, interpuso el recurso de
- La recurrente señala que existe violación de derechos fundamentales, precisando que se vulneró su derecho
- Denuncia violación al derecho de defensa y al debido proceso, ya que del CONSIDERANDO I
- Como tercer motivo del recurso de casación, señala que el impugnado Auto de Vista, violó
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- La recurrente al identificar como agravios que hubieran emergido como efecto del pronunciamiento del Auto
- Tercer motivo intitulado "Violación al derecho del debido proceso al convalidar sentencia prejuiciosa basada en
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, cumple con los requisitos
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
