Auto Supremo AS/0032/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0032/2013

Fecha: 20-Feb-2013

CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, es necesario realizar las siguientes consideraciones


CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, es necesario realizar las siguientes consideraciones:

Planteado como se tiene el recurso de casación, este no cumple con las exigencias legales para la interposición de un recurso, pues el mismo se limita a realizar un resumen de los diferentes contratos y ademdums suscritos por la Empresa con el Consejo de la Judicatura, concluyendo que por toda esa prueba se ha demostrado que se mantuvo un contrato a plazo fijo, por lo que al ordenar el pago del desahucio se contravino y violó el artículo 12 de la Ley General del Trabajo.

Por lo que, se evidencia total falta de fundamentación legal en el memorial de interposición del recurso, pues, el recurrente no consideró que el recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho y que su planteamiento deberá reunir ciertos requisitos indispensables para su procedencia y cumplir con lo dispuesto en el numeral 2) del artículo 258 del Código de Procedimiento Civil