La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Cristóbal López Mendoza, cursante de fs. 195 a 201 vta
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Cristóbal López Mendoza, cursante de fs. 195 a 201 vta
- Por memorial presentado el 24 de enero de 2013 (fs
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Seguidamente, el recurrente cuestiona los siguientes aspectos: i) Las presuntas contradicciones en que hubiera incurrido
- Previa formulación de interrogantes respecto a aspectos fácticos, el recurrente cita y transcribe normas constitucionales,
- impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- alguno, sino que éste surge en apelación cuando se dictó el Auto de Vista; caso
- El precepto legal contenido en el citado art
- Así, de la revisión del recurso y del motivo contenido en el mismo, se tiene
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
