Auto Supremo AS/0040/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0040/2013-RA

Fecha: 20-Feb-2013

Seguidamente, el recurrente cuestiona los siguientes aspectos: i) Las presuntas contradicciones en que hubiera incurrido

Seguidamente, el recurrente cuestiona los siguientes aspectos: i) Las presuntas contradicciones en que hubiera incurrido el imputado en su declaración, en cuanto al número de llamadas que hubiera realizado desde su celular a la víctima y también respecto a que sólo una vez hubiera podido comunicarse con ella, lo que es completamente falso, pues el reporte de llamadas acredita que llamó al celular de la víctima en seis ocasiones y que la llamada más larga duró veintidós segundos. ii) Lo declarado por el imputado respecto a la comunicación que tuvo con la víctima el día y hora del hecho, quien le hubiera manifestado que el taxi le estaba llevando a otro lado, y que ante ese hecho él le hubiera sugerido que se baje, que haga parar o que haga algo, y que la víctima le repetía que el vehículo no quería parar, y que la estaba llevando hacía un lugar llamado sepulturas, aspecto sobre el cual señala que no se tomó en cuenta que la presunta conversación que el imputado sostuvo con la víctima según el cronómetro hubiese durado aproximadamente cuarenta segundos; empero, contradictoriamente según el detalle de llamadas que se realizaron del celular del imputado, no existe ni una sola llamada que tenga dicha duración, siendo la más larga de veintidós segundos. iii) La afirmación hecha por el imputado respecto al lugar que la víctima le indicó era llevada y las distancias que hubiera podido recorrer el vehículo que llevaba a la víctima