Auto Supremo AS/0050/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0050/2013

Fecha: 27-Feb-2013

Que, por otro lado, el memorial de recurso no cuenta con un petitorio que plantee


Que, conforme la jurisprudencia desarrollada por la Corte Suprema de Justicia -hoy Tribunal Supremo de Justicia- , el recurso de casación es uno extraordinario, constituyéndose por esta razón en una nueva demanda de puro derecho, que debe contener y circunscribirse a los requisitos enumerados en el artículo 258 del Código de Procedimiento Civil. En este sentido, el recurrente se encuentra obligado a fundamentar de manera precisa y concreta las causas que dieron lugar a la interposición del recurso ya sea en el fondo, en la forma o en ambos a la vez, no siendo suficiente la simple cita de normas legales y la relación de los hechos que se dieron a lo largo del proceso, sino demostrar en términos razonados y razonables, en qué consiste la infracción que se acusa.

Que, el recurso en análisis no cuenta sino con una relación de hechos, generalidades y afirmaciones que no han sido respaldadas en virtud de disposiciones legales en las que el recurrente ampara su pretensión, que a su vez permitan a este Supremo Tribunal abrir su competencia a efecto de resolver la causa, en cuanto a las disposiciones legales citadas por el recurrente no corresponde a la presente litis, toda vez que en el caso de autos no está en controversia las responsabilidad por la función pública, sino los beneficios sociales reclamados por el actor.

Que, por otro lado, el memorial de recurso no cuenta con un petitorio que plantee en términos claros y precisos lo que se solicita, limitándose a expresar que se realice una revisión de las pruebas adjuntas en obrados por parte del Tribunal Supremo de Justicia. El recurso de casación en estudio, se encuentra dirigido a impugnar el Auto de Vista pronunciado en merced al recurso de apelación; por lo que al ser impreciso, impide su evaluación por parte de éste Supremo Tribunal