Partes: Ministerio Público y Banco Central de Bolivia contra Roció Flores Choque
Expediente: 249/08.
Partes: Ministerio Público y Banco Central de Bolivia contra Roció Flores Choque
- Auto Supremo Nº: 047/2013
- Fecha: Sucre, 21 de marzo de 2013
- Distrito: La Paz
- Partes: Ministerio Público y Banco Central de Bolivia contra Roció Flores Choque
- Delito: Falsificación de Moneda
- Recurso: Casación
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Con estos antecedentes el Ministerio Público, en fecha 16 de febrero de 2008, emite Imputación
- Con base al Requerimiento señalado supra y la formalidades previstas por el Código de Procedimiento
- Que, ante esta Sentencia, el Banco Central de Bolivia de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- Que, en la Sentencia no existiría falla en la estructura externa o interna, por lo
- La Resolución Nº 95/2008 incorporó hechos ajenos a la Sentencia Nº 235/2008 y fundamentos como
- La Sentencia adecuó su determinación conforme a los arts
- La Sentencia en su estructura no tuvo ningún vicio que contenga agravios contra la parte
- En su fundamentación de derecho, respecto del art
- Del Precedente Contradictorio Invocado: Conforme lo previsto por el art
- De la solicitud: Conforme a los argumentos señalados interpone Recurso de Casación en contra de
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- Asimismo, con relación a los Autos Supremos mencionados en el recurso estos para que puedan
- POR TANTO
- Fdo. William E. Alave Laura
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