Auto Supremo AS/0061/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0061/2013-RRC

Fecha: 08-Mar-2013

Del antecedente precedentemente descrito, se advierte claramente que el Tribunal de apelación, omitió considerar la

Del antecedente precedentemente descrito, se advierte claramente que el Tribunal de apelación, omitió considerar la petición expresa que realizó el recurrente de fundamentar oralmente su recurso, obviando señalar día y hora de audiencia para este fin, desconociendo de este modo lo dispuesto por los arts. 408 y 411 del CPP; además, de restringir derechos fundamentales del recurrente que hacen al debido proceso, el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva; por ello, su inobservancia es considerada defecto absoluto no susceptible de convalidación conforme dispone el art. 169 inc. 3) del CPP. En esa virtud, es evidente la denuncia que realizó el recurrente en sentido de que el Tribunal de alzada asumió una actitud contraria a la doctrina legal establecida en el precedente invocado