Auto Supremo AS/0061/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0061/2013

Fecha: 01-Mar-2013

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en el fondo, en relación a

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en el fondo, en relación a los datos del proceso, este alto Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de la Ley, analizando los fundamentos planteados, previo al análisis del proceso, pasa a resolver de la siguiente manera:
De acuerdo al artículo 2 del Decreto Supremo No. 28741 de fecha 7 de junio de 2006, se efectúa una reasignación presupuestaria para el pago del subsidio de frontera. En ese entendido debemos señalar que, el subsidio de frontera, en el marco del artículo 12 del Decreto Supremo Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985, (Subsidio de frontera); señala: “Se sustituye los bonos de frontera, zona o región con un subsidio de frontera, cuyo monto será el veinte por ciento (20%) del salario mensual. Se beneficiarán con este subsidio, solamente los funcionarios y trabajadores del Sector Público cuyo lugar de trabajo se encuentra dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales. Esta disposición regirá también para las empresas privadas”