Auto Supremo AS/0121/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0121/2013

Fecha: 25-Mar-2013

Asimismo, se advierte en obrados que el compulsante remite vía correo ante este tribunal el

Asimismo, se advierte en obrados que el compulsante remite vía correo ante este tribunal el testimonio de fotocopias legalizadas que le fueron entregadas por el Tribunal ad quem, sin formalizar el recurso de compulsa que contenga la fundamentación que lo haga viable, incumpliendo de esta manera con la previsión contenida en el artículo 284 del Código de Procedimiento Civil, que impone la obligación de interponer el recurso de compulsa ante el tribunal inmediato superior del que denegó la concesión de la impugnación extraordinaria