Agrega que tanto en el primero, como en el segundo considerando de la Sentencia, se
Agrega que tanto en el primero, como en el segundo considerando de la Sentencia, se advierte una falta de fundamentación de derecho, advirtiéndose la omisión de los presupuestos objetivos y subjetivos que configuran la comisión de los delitos que le atribuyen; toda vez que no explicó el por qué las pruebas demuestran la concurrencia de todos y cada uno de los presupuestos constitutivos de un determinado delito; es decir, una relación de causa y efecto. Así el Tribunal de alzada "incumpliendo la obligación de revisar de oficio la falta de fundamentación de derecho, y con el argumento fácil de una justicia pronta (evitar el retardo de justicia) han convalidado defectos absolutos de la sentencia, como es el caso de la falta de motivación, mandato imperativo del Art. 124 del CPP, cuando no han dado respuesta al II párrafo del punto 9) de la apelación restringida" (sic)
- Por memorial presentado el 14 de marzo de 2013, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el imputado con el referido Auto de Vista, el 7 de marzo de
- Del memorial que cursa de fs. 213 a 214 vta., se extrae el siguiente motivo
- Agrega que tanto en el primero, como en el segundo considerando de la Sentencia, se
- Concluye en la petición, invocando el Auto Supremo 8 de 26 de enero de 2007,
- El art
- invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance; pues
- Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Conforme se precisó precedentemente, para la admisibilidad del recurso de casación, es menester que se
- No podemos admitir un recurso de casación, vía flexibilización, si en el recurso no se
- Para Resolución de la causa según Convocatoria de 3 de abril de 2013, interviene el
- Se constituye en disidente, la Magistrada Dra
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la concurrencia del Magistrado Dr
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- ALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
