Auto Supremo AS/0090/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0090/2013-RA

Fecha: 10-Abr-2013

Agrega que tanto en el primero, como en el segundo considerando de la Sentencia, se

Agrega que tanto en el primero, como en el segundo considerando de la Sentencia, se advierte una falta de fundamentación de derecho, advirtiéndose la omisión de los presupuestos objetivos y subjetivos que configuran la comisión de los delitos que le atribuyen; toda vez que no explicó el por qué las pruebas demuestran la concurrencia de todos y cada uno de los presupuestos constitutivos de un determinado delito; es decir, una relación de causa y efecto. Así el Tribunal de alzada "incumpliendo la obligación de revisar de oficio la falta de fundamentación de derecho, y con el argumento fácil de una justicia pronta (evitar el retardo de justicia) han convalidado defectos absolutos de la sentencia, como es el caso de la falta de motivación, mandato imperativo del Art. 124 del CPP, cuando no han dado respuesta al II párrafo del punto 9) de la apelación restringida" (sic)